Desde Podemos Comunidad de Madrid queremos
mostrar, nuevamente, nuestra más firme repulsa y preocupación por las políticas
de recortes y de saqueo a la Educación Pública llevadas a cabo por el Gobierno
del Partido Popular en la Comunidad de Madrid, aún más sangrantes cuando
afectan al alumnado más desfavorecido, el que precisa medidas de apoyo
educativo.
Ante el documento
de 19 de septiembre de 2022 remitido por la Dirección
General de Educación Infantil, Primaria y Especial sobre los criterios de
determinación de los apoyos de Pedagogía
Terapéutica (PT) y Audición y
Lenguaje (AL) denunciamos lo siguiente:
En primer lugar, dicho documento expone
que “La Comunidad de Madrid viene incrementando durante los últimos cursos de
forma muy importante la dotación de distintos perfiles profesionales destinados
a facilitar la detección y respuesta educativa al alumnado que presenta
necesidad específica de apoyo educativo, muy especialmente la de aquellos que
presentan necesidades educativas especiales”.
Esta afirmación es falsa, dada la progresiva reducción, curso tras curso, de profesionales que atienden a la diversidad: Orientadores/-as, AL, PT, PTSC (Profesorado Técnico de Servicios a la Comunidad)…
De hecho, la ratio
de estos profesionales sigue creciendo, así por ejemplo:
- El
profesorado de Audición y Lenguaje, en la mayoría de
los casos, comparte dos e incluso tres centros públicos con ratios que
sobrepasan ampliamente las establecidas legalmente (Orden de 18 de septiembre de 1990 por la que se establecen las proporciones de profesionales/alumnos en la atención educativa de los alumnos con necesidades especiales), llegando a ratios de hasta 40 alumn@s
con necesidades de apoyo educativo.
- El
profesorado de Pedagogía Terapéutica, de acuerdo con
la Orden mencionada, tendría una ratio de entre 9 y 12 alumn@s. La
realidad es que actualmente la ratio de este perfil profesional está entre
20 y 25 alumn@s.
- Las
recomendaciones de la UNESCO proponen la existencia de, al menos, un
Orientador u Orientadora por cada 250 alumn@s. Pues bien, en la Comunidad
de Madrid tenemos un@ para más de 1200 alumn@s.
En segundo lugar, con este documento el
gobierno de Isabel Díaz Ayuso reduce perfiles
profesionales y etapas educativas en las que estos perfiles profesionales
tienen campo de acción pedagógica: “El maestro especialista en Audición y
Lenguaje centrará su atención en el alumnado con necesidades educativas
especiales asociadas a discapacidad auditiva, trastorno específico del
lenguaje, trastornos generalizados del desarrollo y, en aquellos casos que lo
requiera el alumnado con discapacidad motora e intelectual. Para ello se tomará
como referencia el grado de funcionalidad en el uso del lenguaje y la
comunicación. Priorizará su intervención en la etapa de Educación Infantil y en
los primeros cursos de Educación Primaria”.
De esta manera, menosprecian la labor de
los Equipos de Orientación que, a través de los dictámenes de escolarización,
determinan las necesidades y recursos que precisa el alumnado con necesidad de
apoyo educativo. Además, las funciones y ámbitos de actuación de los maestros
de Pedagogía Terapéutica y Audición y Lenguaje no son
incompatibles, sino diferentes y complementarios; no excluyentes como el
documento sostiene.
Por otra parte, las necesidades
educativas del alumnado con necesidades educativas especiales habitualmente son
permanentes, no transitorias, por lo que requieren apoyos a lo largo de toda su
escolaridad, no solo en Educación Infantil y los primeros cursos de Primaria,
como se propone en esta normativa. La respuesta a las necesidades educativas
relacionadas con la adquisición y mantenimiento de la comunicación del lenguaje
(oral y/o escrito), habitualmente, se extienden a lo largo de la enseñanza
obligatoria del alumnado con necesidades de apoyo educativo, por lo que es
imprescindible contemplar el abordaje de esta competencia a lo largo de toda la
vida escolar (Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria
Obligatoria). De la misma manera, es fundamental destacar que las
necesidades relacionadas con competencias básicas, como son las
socioemocionales y los conocimientos técnicos, son necesarias a lo largo de
toda la escolaridad, al menos en la etapa obligatoria.
Este documento, dirigido a los centros
de Infantil y Primaria, también obvia la atención a la primera etapa de
Educación Infantil, donde la Atención Temprana es fundamental.
Asimismo, sigue sin contemplar que para
dar una respuesta adecuada a la diversidad del alumnado es condición imprescindible
reducir la ratio profesor/alumno, tanto en aula ordinaria como la del
profesorado que atiende a la diversidad: PT, AL, EOEP (Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica).
Resulta intolerable que se sigan
recortando recursos personales del alumnado que requiere de unos apoyos
especializados que garanticen su Derecho a una Educación de calidad y su
inclusión en el sistema educativo con todas las garantías. El DERECHO a una
Educación Pública en igualdad de condiciones no se les puede negar y va contra
la Convención de la ONU sobre los derechos de las personas con discapacidad y
la legislación vigente en Educación. La LOMLOE, en los Artículos 71 y 72,
referentes al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, dice:
“1. Las
Administraciones educativas dispondrán los medios necesarios para que todo el
alumnado alcance el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional,
así como los objetivos establecidos con carácter general en la presente Ley.”
“2. Corresponde a
las Administraciones educativas asegurar los recursos necesarios para que los
alumnos y alumnas que requieran una atención educativa diferente a la
ordinaria, por presentar necesidades educativas especiales, por dificultades
específicas de aprendizaje, TDAH, por sus altas capacidades intelectuales, por
haberse incorporado tarde al sistema educativo, o por condiciones personales o
de historia escolar, puedan alcanzar el máximo desarrollo posible de sus
capacidades personales y, en todo caso, los objetivos establecidos con carácter
general para todo el alumnado.”
Por tanto, las Administraciones
Educativas están obligadas a dotar a los centros de los medios personales y
materiales necesarios para adecuar la respuesta educativa a la diversidad del
alumnado y en particular al alumnado con necesidades educativas especiales. Sin
embargo, la realidad es que en todos los centros públicos hay muchos niños y
niñas con necesidades educativas específicas de apoyo educativo, cuyos recursos
asignados por su dictamen de necesidades educativas especiales no son
planificados y asignados en función de sus necesidades, sino en función de lo
que hay “libre” en ese momento.
Por todo lo expuesto, EXIGIMOS a la administración educativa de la Comunidad de Madrid que deje de recortar la Educación Pública y que ponga los recursos personales de Pedagogía Terapéutica y Audición y Lenguaje necesarios para ajustarse a las ratios razonables según normativa, así como que la determinación de los apoyos sea realizada por los Equipos de Orientación, que son los que conocen las necesidades de apoyo del alumnado con necesidades educativas, para garantizar su Derecho a la Educación, así como el de la igualdad de oportunidades de todo el alumnado.
27 de septiembre de
2022
Equipo de Educación Inclusiva del Área de Educación de Podemos Comunidad de Madrid